Colombia: Demandemos investigación por asesinatos a personas trans

publicado a la‎(s)‎ 4 ene 2012, 17:08 por Francisco Andia   [ actualizado el 4 ene 2012, 17:44 ]

RESUMEN
El 23 de marzo de 2008, Darlyn Acevedo Ramírez (19 años) fue brutalmente asesinada en la ciudad de Santiago de Cali, Colombia. Este crimen se suma a otros 12 que fueron cometidos en los últimos dos años y que continúan impunes. Además de los crímenes reportados, el maltrato físico, psicológico y moral sufrido por las mujeres trans en esa ciudad es un gravísimo y constante problema y una violación a sus Derechos Humanos y constitucionales.

Derechos violados en este caso:

* Derecho a la Vida y a la Seguridad Personales.

* Derecho a No Ser Discriminado.

* Derecho de Igualdad ante la Ley.

* Derecho al Remedio Efectivo y Compensación.

* Derecho a la Protección Judicial.

ACCIÓN
La Comisión Internacional de Derechos Humanos para Gays y Lesbianas (IGLHRC) se une a Santamaría Fundación GLTB de Colombia en un llamado de urgencia pidiendo vuestro apoyo en solicitar el urgente esclarecimiento de estos crímenes como así también se tomen medidas para evitar que éstos sigan ocurriendo. Pedimos que se envíen de inmediato cartas a las autoridades colombianas, exigiendo que actúen inmediatamente para esclarecer y evitar estas violaciones a los Derechos Humanos.

Pueden copiar y pegar nuestra carta adjunta como ejemplo y escribir a las personas listadas abajo.

* Programa de DDHH de la Vicepresidencia de la República
Sr. Diego Arias
pazando@hotmail.com

* Defensor del Pueblo
Doctor Volmar Pérez Ortiz
bogota@defensoria.org.co

* Defensor del Pueblo Regional
Dr. Andrés Santamaría Garrido
valle@defensoria.org.co

* Fiscal General de la Nación
Doctor Mario Hernán Iguarán Arana,
contacto@fiscalia.gov.co ;
denuncie@fiscalia.gov.co

* Ministro del Interior y de Justicia. Departamento de Derechos Humanos
Dr. Carlos Holguín Sardi
dhdirector@mij.gov.co

* Policía Nacional de Colombia
direccion@policia.gov.co ;

* Oficina de Derechos Humanos del Departamento de Policía Nacional en el Departamento del Valle.
Rehum.mecal@policia.gov.co;

* Misión Permanente de Colombia ante las Naciones Unidas en Ginebra
Señora Embajadora Clemencia Forero Ucrós,
mission.colombia@ties.itu.int

Con Copia a

Fernando D'Elio - IGLHRC
fdelio@iglhrc.org

Pedro Julio Pardo - Santamaría Fundacion GLTB
petergltb@yahoo.com

EJEMPLO DE CARTA

Señor Vicepresidente de la República de Colombia Francisco Santos:

Le escribo en representación de la Comisión Internacional de Derechos Humanos para Gays y Lesbianas para expresarle nuestra profunda preocupación por los crímenes de mujeres trans perpetrados sistemáticamente en la ciudad de Cali en los últimos meses. Entre estos, podemos mencionar el crimen de Darlyn Acevedo Ramírez, de 19 años de edad, quien fue atacada por varios hombres que le propinaron dos cuchilladas causándole la muerte, este hecho ocurrió aproximadamente entre las 7 y 8 de la noche del domingo 23 de marzo de 2008 en la carrera 8 con calle 70, específicamente en la glorieta del Barrio Alfonso López, donde también fueron asesinadas María Luisa Perea (diciembre 4 de 2006) y Estrella (diciembre 19 de 2006).

El crimen de Darlyn se suma a otros 12 homicidios y más de 30 tentativas de homicidios que siguen en la impunidad.

Como signataria de declaraciones internacionales que aseguran el derecho a la vida, a la igualdad ante la ley y a la no discriminación, es la obligación de Colombia el asegurar que las violaciones a los Derechos Humanos sean totalmente investigadas y que los culpables sean llevados a la justicia. Esto se aplica a todos los casos, sin importar la orientación sexual y la identidad de género.

Asimismo, los principios de Yogyakarta sobre la Aplicación del Derecho Internacional Humanitario en Relación con la Orientación Sexual y la Identidad de Género especifica que "todas las personas tienen derecho al disfrute de todos los derechos humanos, sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género" y que los estados "adoptarán todas las medidas legislativas y de otra índole que resulten apropiadas para prohibir y eliminar la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género en las esferas pública y privada" (Principio 2)

Les pedimos que condenen públicamente a los asesinos de mujeres trans en Santiago de Cali, se aseguren que las autoridades locales efectúen una investigaciones exhaustiva sobre estos crímenes. También pedimos que monitoreen la situación en el vecindario y ejecuten todas las acciones necesarias para procurar que estos hechos no se repitan en el futuro. Las autoridades de Santiago de Cali deberían respetar y proteger los Derechos Humanos de todos los ciudadanos sin discriminación por orientación sexual e identidad de género.

Confiamos en que se le dará a este tema la atención que se merece.

Cordialmente,

Paula Ettelbrick
Directora Ejecutiva
International Gay and Lesbian Human Rights Commission

ANTECEDENTES

En Cali, Colombia, la comunidad trans supera el numero de 3.000 mujeres. Además de verse relegadas a la falta de alternativas laborales, la constante discriminación y maltrato y la necesidad de ejercer el trabajo sexual para poder sobrevivir, ahora deben vivir con el temor de ser asesinadas en cualquier momento y en la vía pública. Ya son 13 los homicidios y más de 30 tentativas de homicidios en los últimos dos años que siguen en la impunidad y por eso la comunidad transexual teme la existencia de una banda que busca exterminar a sus integrantes.

La ultima víctima de esta serie de crímenes fue Darlyn Acevedo Ramírez, de 19 años de edad, quien ejercía el trabajo sexual buscando el sustento de su familia y había sufrido ya varios intentos de homicidio. El domingo 23 de marzo en la glorieta del barrio Alfonso López, Darlyn sufrió el ataque de varios hombres que le propinaron dos cuchilladas causándole la muerte. En el mismo lugar también fueron asesinadas María Luisa Perea (diciembre 4 de 2006) y Estrella (diciembre 19 de 2006).

MARCO LEGAL INTERNACIONAL

El derecho a la vida (y a la libertad y seguridad personales) lo protegen la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su Artículo 3; el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, en sus Artículos 6 y 9, y la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos en sus Artículos 4 y 7.

El derecho a la igualdad ante la ley y a no ser discriminada/o, lo protegen la Declaración en sus Artículos 2 y 7, el Pacto en sus Artículos 2 y 26, y la Convención Interamericana de Derechos Humanos en sus Artículos 1 y 24.

El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sostuvo en el caso de Toonen contra Australia (1994) que las provisiones antidiscriminatorias existentes en los Artículos 2 y 26 del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos debían interpretarse como incluyentes de la orientación sexual como condición protegida. Muchos otros mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas han condenado consecutivamente la discriminación basada en la orientación sexual.

Colombia ha ratificado el Pacto Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos en 1969, y la Convención Interamericana en 1973. La Declaración Universal se considera parte del derecho común internacional, y compromete a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, entre ellos Colombia.

La Constitución de Colombia dice:

Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable.

Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.